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Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados: ¿A quiénes les corresponde el beneficio?

  • Por Meganoticias

El Aguinaldo de Fiestas Patrias 2018 para pensionados es una suma de dinero que se paga por una sola vez, junto con la respectiva pensión de septiembre, a los beneficiarios que cumplan los requisitos. 

El monto base del aguinaldo de Fiestas Patrias 2018 es de $ 18 mil 874 pesos. A eso se le suman $9.683 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2018, según los datos que actualmente están publicados por el Gobierno.

El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos ni de cotizaciones previsionales y/o de salud.

Según se informa en el sitio de Chile atiende, sólo por esta ocasión, algunas de las fechas de pago serán reprogramadas. Por eso, recomiendan revisar la liquidación de pago de pensión de agosto, donde se informa qué día recibirá el aguinaldo junto con su pensión de septiembre.

Beneficiarios del aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados son: 

Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Pensionados de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº19.234.
Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744.
Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
Pensionados de reparación: Ley N°19.123 (Rettig) y Ley N°19.992 (Valech).
Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley Nº19.129.
Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.

Aguinaldo de Fiestas patrias en el sector privado

Para los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones).

No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:

  • Esté contemplado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
  • En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa), como un derecho de los trabajadores.