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Empleos de alto riesgo: estos son los trabajos prohibidos para menores de edad en Chile

  • Por Meganoticias

La Encuesta de Actividades de Niños, Niñas y Adolescentes (EANNA), elaborada por el Ministerio de Desarrollo Social y la Oficina Internacional de Trabajo (OIT), revela que un 6,9% de la población de 5 a 17 años realiza una actividad económica, es decir, 230 mil niños y adolecentes trabaja en Chile. Lo peor se ve cuando ahondamos en esas cifras y observamos que 125 mil de esos menores realizan labores peligrosas con carga pesada o herramientas de riesgo.

Buscando reducir esos números la ministra del Trabajo, Alejandra Krauss, presentó la nueva lista de actividades consideradas peligrosas para la salud y el desarrollo de los adolescentes.

La secretaria del Trabajo explicó que "debemos ir adecuando la normativa y proteger a nuestros adolescentes para que no puedan participar en empleos de alto riesgo para su salud", explicando que también se busca que "los organismos fiscalizadores puedan aplicar la normativa vigente”.

Las nuevas funciones que entran en el Decreto 50 del Ministerio del Trabajo, que prohibe labores para adolecentes, son:

  • Trabajos en faenas forestales, actividades desarrolladas en las labores de cancha de madereo, transporte de productos forestales, entre otras.
  • Labores a bordo de naves o artefactos navales, ya sea en el área marítima, fluvial o lacustre.
  • Trabajos en condiciones extremas de temperatura. Se incluye salas de proceso refrigeradas y hornos.
  • Trabajos en que se deba manipular o trabajar con sustancias peligrosas o cancerígenas, Incluye trabajos en presencia de polvo con contenido de sílice libre cristalizada en el medio ambiente de trabajo, u otros agentes neumoconiógenos. Se prohíbe la exposición a toda clase de asbesto.
  • Labores en que exista manejo o manipulación manual de carga y descarga de todo tipo de materiales y mercaderías, que contravengan lo establecido en la legislación vigente como, por ejemplo, las actividades desarrolladas por peonetas, movilizadores de carga, y repartidores de gas, entre otros.
  • Actividades para la recolección de basura domiciliaria o industrial, labores de exhumación, inhumación, manipulación de cadáveres y similares realizadas en cementerios o centros post mortem, y en general, labores desarrolladas en centros hospitalarios, clínicas, policlínicos que puedan exponer a los adolescentes a riesgos biológicos tales como virus, bacterias, hongos o parásitos.
  • Actividades en que se incluya resguardo o administración de dinero, tales como cajero o similares; actividades de entrenamiento o formación, en que sea de responsabilidad del adolescente, el cumplimiento de esa función.
  • Trabajos que en su desarrollo conlleven la domadura de animales de potreros.
  • Trabajos de preparación o elaboración de alimentos en que los adolescentes utilicen máquinas cortantes.