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SuperTanker no pagará impuestos por servicios en Chile contra los incendios

  • Por Meganoticias

Contraloría tomó razón este viernes de una serie de decretos y medidas relacionadas al combate de los incendios forestales en el país.

Uno de ellos es el Decreto N°100 de 2017, de Hacienda, que contiene la autorización para que el Servicio de Impuestos Internos (SII) pueda eximir de impuestos por los pagos que correspondan a prestaciones de servicios efectuadas en Chile para atender directamente la catástrofe. En dicha situación se encuentra el avión B747-400 SuperTanker, que ha combatido los incendios forestales en el país. 

Otra medida cursada por el ente fiscalizador es la transferencia de recursos a Bomberos de Chile por 8 mil millones de pesos para afrontar gastos de operaciones y por 4 mil millones de pesos para gastos de inversión. Ello mediante la toma de razón de los Decretos N°s 1059 y 1060 de 2017, ambos de Hacienda. 

Previamente, también tomó razón de los Decretos N°s 30 y 98, de 2017, de Hacienda, que prorrogan el plazo para la presentación de declaraciones de impuestos de contribuyentes domiciliados en las zonas declaradas como de catástrofe. Dicha facilidad incluye a las personas jurídicas y a las personas naturales; y considera los graves daños que han sufrido, tanto en sus actividades económicas relacionadas fundamentalmente con el rubro agrícola y ganadero, como también respecto de sus bienes personales, en especial viviendas.

CONTRALORÍA SE PRONUNCIA ANTE DESPIDOS DE BOMBEROS

Ante los casos de bomberos despedidos de sus trabajos por concurrir a apagar incendios, existen pronunciamientos de Contraloría especialmente aplicables en caso de catástrofes, como el Dictamen N° 7.8701 de 2016,  del contralor Jorge Bermúdez, que señala que por aplicación del artículo 66° del Código del Trabajo los funcionarios que se desempeñen adicionalmente como voluntarios del Cuerpo de Bomberos están facultados para acudir a llamados de emergencia ante accidentes, incendios u otros siniestros que ocurran durante su jornada laboral. 

Este dictamen indica, igualmente, que el tiempo que dichos trabajadores destinen a la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos, sin perjuicio de que el empleador pueda solicitar a la Comandancia de Bomberos respectiva la acreditación de dicha labor.

 

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