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¿Cómo serán los cobros con la nueva Ley de Estacionamientos?

  • Por Meganoticias

El próximo 15 de febrero comienza a regir la nueva Ley de Estacionamientos que, entre otras cosas, establece el cobro mediante dos modalidades: por minuto o por tramo, aplicando, eso sí, el redondeo hacia abajo y asegurando la responsabilidad del propietario del recinto ante robos o daños. 

El abogado especialista Diego Messen explicó en Ahora Noticias el sentido y alcance de esta nueva norma, detallando que los tramos de tiempo establecidos por la norma son de menor envergadura que los de la normativa anterior.

"La gracia es que se va a calcular no por períodos agotados si no que inmediatamente inferiores. Por ejemplo, si yo antes pasaba un minuto al tramo siguiente, pagaba ese tramo, hoy es absolutamente lo contrario, si yo me paso  un minuto uno, dos o cinco minutos, voy a pagar el tramo anterior. Existe el redondeo, pero a la baja", expone el experto.

Sin embargo, repecto de los recintos médicos, Messen sostuvo que existen dos excepciones al pago del servicio.

"La urgencia o emergencia no puede ser cobrada mientras ello dure, tampoco debe cobrársele a las personas que tienen impedimentos físicos para acceder al recinto hospitalario. No se debe malentender, Clínicas sí cobrarán estacionamientos, solo se establecen estos casos excepcionales que quedan liberados de este", aclaró el profesional, agregando que esta incapacidad debe ser acreditada por un facultativo de la propia institución.

Finalmente, respecto al tema de la proteccón del vehículo y los objetos que se guardan en el, expresó que “esto siempre ha existido, los tribunales han fallado de manera casi unánime de que, por el hecho de yo estar pagando un estacionamiento, ellos me deben dar el servicio de depósito que incluye el la custodia. Por lo tanto todos los hurtos, robos, daños que puedan ocurrir en un estacionamiento, deben ser responsabilidad del proveedor", agregando que, ahora, esta obligación por primera vez está expresamente detallada en un texto legal, y no meramente en el precedente emanado de las decisiones judiaciales. 

Si aún tienes dudas, respóndelas con las preguntas y respuestas que tiene la Biblioteca del Congreso Nacional: 

¿En qué casos rige la norma?

Las reglas son para los proveedores que ofrezcan servicios de estacionamiento, como los malls, supermercados, locales comerciales, establecimientos de salud y estacionamientos pagados de acceso al público general. La ley rige para el cobro por menos de 24 horas seguidas en que el vehículo esté en el lugar.

¿Cómo debe hacerse el cobro?

Los administradores del estacionamiento pueden cobrar por el tiempo efectivo de uso. No se puede cobrar por tramos de tiempo, salvo que sea por lapso de tiempo vencido. Por ejemplo, si el vehículo está 32 minutos en un estacionamiento se le podrá cobrar tres tramos de diez minutos, uno de 30 o los 32 minutos totales, pero no se le pueden cobrar 40 minutos ni una hora.

El tiempo inicial de cobro no puede ser de menos de media hora. Los siguientes tramos no podrán ser inferiores a diez minutos cada uno.

El cobro no podrá redondear la cifra al alza. Por ejemplo, si el vehículo estuvo 27 minutos no se puede cobrar media hora.

¿Los proveedores de estacionamientos pueden establecer un período en que no cobren?

Sí, pueden fijar un periodo de uso del servicio sin cobro, de acuerdo a sus políticas comerciales o a las condiciones de uso de dicho servicio.

¿Si el usuario pierde el ticket del estacionamiento, puede ser multado?

Si el usuario pierde el comprobante de ingreso no puede haber multa ni recargo. El proveedor debe consultar sus registros con el fin de determinar el tiempo efectivo de uso del servicio para hacer el cobro exacto. En este caso, el proveedor deberá solicitar al consumidor cualquier antecedente que permita acreditar o identificar al propietario del vehículo.

¿Qué pasa si sufro un robo o un hurto en un estacionamiento?

El proveedor es responsable civilmente si usted es víctima de un hurto o robo por malas medidas de seguridad en el establecimiento. El proveedor también es responsable civil si el vehículo sufre daños. Esas responsabilidades se persiguen en los tribunales. También puede haber otras responsabilidades del proveedor por infracciones a la Ley de derechos del consumidor.

¿Qué sucede si en el estacionamiento hay un cartel que dice que el que presta el servicio no se hace responsable por robos, hurtos o daños?

Esa declaración no produce efectos legales, porque la ley es clara en que si fallan las medidas de seguridad, el proveedor es responsable civilmente.

¿Cómo se debe informar al usuario sobre sus derechos y deberes en el uso de los estacionamientos?

La lista de derechos y obligaciones del usuario deben estar visible en el sector de las cajas y en las entradas al estacionamiento. Esa comunicación debe señalar que el consumidor puede ir al Servicio Nacional del Consumidor o al juzgado de policía local competente si hay infracción legal.

¿Qué normas tienen los estacionamientos de hospitales y clínicas?

Los establecimientos de salud, públicos o privados, no podrán realizar cobros por estacionamiento cuando los usuarios acudan a servicios de urgencia o emergencia.

No se cobrará a las personas por el tiempo que dure la urgencia o emergencia. Tampoco se cobrará por pacientes que presenten dificultad física permanente o transitoria para moverse. Pero eso deberá ser acreditado por el profesional a cargo del tratamiento o atención de salud.

¿Qué ocurre con los estacionamientos pagados en la vía pública?

En los estacionamientos que están en la vía pública sólo rige el cobro por el tiempo efectivo o por tramo de tiempo vencido y la posibilidad de fijar un lapso sin cobro.