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¿Cómo pudo Rafael Garay "borrar" sus antecedentes para optar a "irreprochable conducta anterior"?

  • Por Meganoticias

Por Gabriela Salinas

Rafael Garay enfrentará a la justicia chilena este jueves en una crucial audiencia que definirá si seguirá en prisión preventiva o quedará finalmente libre con medidas cautelares, una opción que podría ser viable ya que el autodenominado economista cuenta con una "irreprochable conducta anterior", pese a tener una condena previa por manejo en estado de ebriedad.

Resulta que antes de su arribo al país, su abogado, Reynerio García de la Pastora, realizó un proceso administrativo en el que solicitó la eliminación de antecedentes penales de su defendido, dejando su hoja de vida completamente limpia.

"Toda persona que es juzgada, se examina si tiene algún tipo de sanción anterior y ante la existencia va a calificar si tiene irreprochable conducta. Con esta sanción por conducción en estado de ebriedad, no daba", explicó en Ahora Noticias el abogado experto en derecho internacional, Diego Messen, agregando que esta situación beneficia al ex prófugo de la justicia.

En ese sentido, aclaró que "no hay algo ilegítimo. Lo que se hace es una petición administrativa, donde se eliminan los antecedentes que no debiesen ser considerados como tal".

Por su parte, el abogado penalista de la Universidad de Chile, Lautaro Contreras, explicó a AhoraNoticias.cl que para optar a que se "borren" los antecedentes "tiene que pasar un tiempo desde la condena, el que está preestablecido. Además, tienen que ser delitos no muy graves". 

"Tratándose de delitos graves, es un procedimiento que no va a tener lugar, pero en este caso es un manejo en estado de ebriedad, un delito relativamente poco grave", dijo Contreras. 

 

 

CÓMO SE REALIZA EL PROCESO DE "BORRAR" ANTECEDENTES

La eliminación de antecedentes se debe solicitar al Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) el beneficio y lo puede realizar directamente el interesado o bien otra persona que tenga un mandatario expresa y especialmente facultado para este trámite en oficinas del organismo.

Las personas con antecedentes penales que desean obtener un Certificado de Antecedentes libre de anotaciones penales, debe cumplir con:

- Sentencia absolutoria.
- Sobreseimiento definitivo.
- Sobreseimiento temporal.
- Amnistía.
- Anotaciones erróneas.

Para sentencias condenatorias por faltas:

-Condena(s) cumplida (s).
- Tres años desde el cumplimiento.
- Debe ser la única anotación.

Para sentencias condenatorias por delito, cuasidelito o crimen:

- Condena(s) cumplida(s). o Condena no sea superior a tres años.
- Debe ser la única anotación.
- Cinco años (delitos y cuasidelitos) o 10 años (crímenes) desde el cumplimiento.

Para jóvenes menores de 18 años al momento de cometer el delito:

- Desde que cumple la condena: Que sea la única anotación.
- Transcurridos tres años desde el cumplimiento:
      * Que sea la única anotación.
      * Tener registrada en el prontuario una condena impuesta por un Tribunal Militar u Ordinario.
      * Los hechos que dieron origen a esta condena deben haber acaecido entre el 11 de septiembre de 1973 y 10 de marzo de 1990.
      * La pena debe estar cumplida o la responsabilidad penal extinguida de cualquier otro modo.
      * No debe tratarse de un delito consumado contra la vida o la integridad física de terceros.
      * No debe tratarse de una persona condenada por Tribunales Militares en tiempo de paz por hechos sancionados en la ley 17.798 y tener condenas por delitos comune.

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