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Censo 2017: ¿Qué pasa si no estoy en mi casa?

  • Por Meganoticias

Este miércoles 19 de abril se realiza el Censo 2017, la operación estadística más importante del país, con un cuestionario de 21 preguntas que se aplicará a todos los integrantes de un hogar. 

Ser parte de esta operación no es un acto de buena fe, sino que una obligación que puede ser castigada si no es cumplida. ¿Qué pasa si no estoy en mi casa? ¿Y si vivo solo? 

El ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, respondió en Ahora Noticias las principales preguntas sobre el proceso que se llevará a cabo este 19 de abril.

Según explicó, además del Censo de hogares, existen otros dos cuestionarios: uno para viviendas colectivas, destinado a hospitales, cuarteles, cárceles, hoteles, residenciales y otros similares; y otro para personas en tránsito, enfocado en aquellas que van viajando (ya sea bus, avión, tren, barco).

 

Las personas que estén en una vivienda colectiva serán censadas por los mismos trabajadores de las viviendas. En tanto, las personas en tránsito se deben autocensar, con los cuestionarios que les entreguen los conductores, auxiliares, encargados del medio de movilización o personal del aeropuerto.

En el caso de los censistas que viven solos, ellos deben llenar con sus datos un formulario censal, meterlo en un sobre cerrado y entregárselo a un vecino o conserje, para que él lo entregue cuando pase el Censista asignado a la vivienda.

En tanto, las casas donde la familia o quien vive allí no se encuentre, esa vivienda va a quedar catalogada como "vivienda con morador ausente", por lo que se deberá dejar una citación para dirigirse al INE y contestar el formulario. 

Hay que recordar que el día del Censo es feriado irrenunciable. Esto significa que desde las 00:00 horas hasta las 20:00 horas del 19 de abril quedarán prohibidas, entre otros, las actividades, espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.

A su vez, será feriado obligatorio e irrenunciable para los dependientes de los malls, centros comerciales, grandes tiendas, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego u otros lugares de juego autorizado, bares, clubes, restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías y, en general, a todo dependiente que preste servicio en el comercio de bienes y productos alimenticios, cualquiera sea el tamaño de la empresa donde desempeñen sus funciones.

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