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Así es la circular del Mineduc que impulsó la implementación de baños mixtos en los colegios

  • Por Meganoticias

La Superintendencia de Educación, a fines de abril pasado, envió la circular 0768 a todos los establecimientos educacionales del país. Allí se establecieron los derechos de niñas, niños y estudiantes trans en el ámbito de la educación. 

Esta circular, según explicó Andrés Soffia, coordinador de inclusión y participación ciudadana del Ministerio de Educación, al programa Mucho Gusto, "lo que busca es hacerse cargo un poco de la realidad que hemos evidenciado en los últimos años de niñas, niños y estudiantes trans que, a la hora de querer hacer efectivo su derecho a la educación, son discriminados y son vulnerados. No solamente en el acceso al sistema educativo, cuando se les niega la matricula, sino también en la etapa de trayectoria educativa".

"Muchos estudiantes trans han tenido que retirarse de los establecimientos educacionales, han tenido problemas de desarrollo, han tenido problemas de acoso, han tenido problemas psicoemocionales porque son víctimas constantes o sistemáticas de violencia y discriminación solamente por tener una identidad de género distinta”, agregó Soffia. 

En la circular se indicaban seis medidas básicas que las instituciones educativas deben adoptar: Apoyo a la niña, niño o estudiante y a su familia; orientación a la comunidad educativa; uso del nombre social en todos los espacios educativos; uso del nombre legal en documentos oficiales; el derecho de utilizar el uniforme, ropa deportiva o accesorios que considere más adecuado a su identidad de género, y, finalmente, las facilidades para el uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias del proceso que estén viviendo, respetando su identidad de género. 

Respecto al objetivo de esto, el coordinador aseguró: "Independiente de que no haya una regulación legal para la identidad de género, tenemos que hacer que cualquier niño que esté en una situación de tránsito de género, un niño trans, no pierda el derecho a la educación. Tenemos que resguardar el derecho a la educación de todos los niños, independiente de las características personales y colectivas en el acceso y en la trayectoria".

LOS SERVICIOS HIGIÉNICOS

"En el caso del acceso a los servicios higiénicos, que es como se establece en el punto seis de la circular de la superintendencia, lo que se hace es solicitarle a los establecimientos que faciliten el acceso a los baños de los niños, niñas y estudiantes trans. Y, en la medida de lo posible, apliquen ajustes razonables para poder implementar medidas de utilización de servicios higiénicos".

Respecto a las diferentes prácticas que a partir de entonces adoptaron los colegios, comenta que hay algunos que comenzaron a establecer baños sin género, es decir, baños mixtos, y otros que, por ejemplo, acordaron con el niño y los apoderados el uso de los baños de los profesores. En ese sentido, aclaró: "No se está pidiendo directamente desde el Ministerio de Educación que se construyan nuevos baños en los establecimientos educaciones, sino que se apliquen ajustes razonables para la utilización de los baños".    

NORMATIVA OBLIGATORIA

Al ser una circular que envió la Superintendencia de Educación, las normativas son obligatorias. Según aseguró Soffia, "la circular 0768 es una obligación que todos los colegios, tanto públicos como privados, tienen que implementar. Cualquier colegio que no respete las medidas que se establecen en la circular está sujeto a sanciones legales y administrativas".