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Los argumentos de la defensa de Chile en la demanda marítima de Bolivia ante La Haya

  • Por Meganoticias

La primera jornada de alegatos orales de la defensa chilena ante la Corte Internacional de La Haya, en el marco de la demanda marítima de Bolivia, confirmó cual es la línea argumental en que se ciñe la estrategia del equipo jurídico encargado defender los intereses del Estado chileno. 

En efecto, fue el agente chileno ante el tribunal internacional, Claudio Grossman, quien, durante su intervención de esta mañana, dejó claro que uno de los grandes puntos de defensa es el que se establezca como cierto que Bolivia tiene un doble propósito en la acción legal presentada ante la Corte. 

Lo anterior, según expresó el académico del Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile, Gilberto Aranda, en Ahora Noticias, queda demostrado con "la declaración que ha hecho el Presidente Evo Morales por Twitter. Fue un error no forzado", sostuvo. 

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ANTOFAGASTA

"Por un lado se está buscando que se reconozca la obligatoriedad de negociar por parte de Chile y por otra, lo que dice Morales es que lo que quiere es acceso directo y soberano al mar, reivindicando, incluso, Antofagasta", explicó Aranda.

Paralelamente, el experto señaló que el equipo de defensa chileno intentará demostrar que "Chile siempre ha tenido una disposición al diálogo, la cual no tiene que ser confundida con una obligación y que incluso Chile ha ido más allá de lo que se ha comprometido en los tratados, aplicando ventajas en Arica para Bolivia: de acceso, portuaria, aduaneras y también ofreciendo otras por Iquique".

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En ese sentido, sostuvo Aranda, gran parte de los argumentos de los abogados de Chile irán dirigidos a derribar, uno a uno, lo planteado por la defensa de Bolivia. 

En virtud de lo anterior, planteó el experto, se va a revisar en orden cronológico cada una de las conversaciones que Bolivia incluyó como pruebas para demostrar la supuesta obligación de Chile de sentarse a negociar una solución a la situación de mediterraneidad.

ACTAS Y RESOLUCIONES

Por ejemplo, señaló Aranda, respecto a la conversación de 1920 en la que "Chile decía que en la medida que no se tocara lo que decía el Tratado de 1904, se podría conversar sobre el tema de un puerto o salida portuaria para Bolivia".

O la de 1950 "entre el canciller Walker Larraín y Ostria Gutiérrez. Chile dijo, podríamos hablar de un corredor al norte de Arica, pero nosotros exigimos compensaciones, recursos hídricos, aguas del lago Titicaca, y frente a esa compensación que pidió Chile para conversar, Bolivia dijo 'no, sobre este punto no se puede conversar', por lo tanto, no hay acuerdo en los términos". 

Nota

En ese sentido, el académico citó a uno de los abogados de Chile, quien durante su intervención manifestó que "una nota o una sucesión de notas pueden plantear una obligación, pero cuando hablen de la misma cosa, cuando se hagan en los mismos términos, solo ahí puede decirse que hay un acuerdo. No cualquier intercambio de notas podría elevarse a la categoría de un tratado o un compromiso, como lo pretende Bolivia, porque acá se trata de intercambios dispersos en el tiempo".   

Posteriormente, los abogados chilenos llegarían "hasta las resoluciones de la Organización de los Estados Americanos", invocadas por Bolivia, "para decir que son resoluciones con carácter recomendatorio y no vinculantes, es decir, que no crearían efectos jurídicos". 

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