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Ley de Convivencia Vial: Conoce la norma que afecta al casco de los ciclistas

  • Por Meganoticias

"La responsabilidad por usar casco cuando se usa una bicicleta es de la persona que conduce".

Así, la ministra de Transportes, Gloria Hutt, zanjaba una de las dudas que se han generado en la antesala de la entrada en vigencia de la Ley de Convivencia Vial, específicamente respecto al uso de los elementos obligatorios -como casco o ropa reflectante- por parte de los usuarios de las diferentes bicicletas de arriendo presentes en Santiago.

Lo anterior, podría traducirse en eventuales multas a quienes transiten sin los implementos descritos en la norma que debutará este domingo 11 de noviembre.

En efecto, el servicio entregado por las diferentes empresas dedicadas al arriendo de este tipo de medio de transporte no contempla la entrega de los accesorios de seguridad del usuario, si no que se remite a cumplir con las exigencias legales respecto del producto que proporcionan, es decir, las bicicletas.

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Así lo confirmaron desde MoBike a AhoraNoticias.cl, quienes destacaron que, por ejemplo, sus bicicletas tienen luces que se recargan a medida que sus usuarios pedalean, además de contar con llantas reflectantes que amplían su visibilidad nocturna. 

No obstante, la ministra Hutt especificó que, en el marco de sus funciones y de la implementación de esta nueva normativa, conoció empresas que arriendan scooters y que porporcionan casco a sus clientes. "Hay distintas alternativas, pero la responsabilidad del casco es del ciclista", concluyó.

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NORMAS PARA CICLISTAS

Los principales cambios que introduce la ley apuntan, precisamente, a normar el uso y relación de los denominados "ciclos" -bicicletas, scooter, etc- con los demás agentes que interactúan en la vía pública, regulando explícitamente los lugares en los que podrán o no transitar, la velocidad máxima en su desplazamiento y hasta la vestimenta necesaria para su uso en la ciudad. 

En lo que a accesorios se refiere, la norma obligación de los ciclistas de portar luces atrás y adelante de la bicicleta, casco, usar ropa reflectante, así como sillas y mecanismos de retención para menores, señalando la obligación de mantener estándares mínimos para estas sillas y carros de arrastre.

Al mismo tiempo, dentro de los cambios más importantes, se incluye por regla general que no podrán transitar por la vereda, aunque existen excepciones, como el caso de los menores de 7 años que circulen acompañados, los menores de 14 años que lo hagan sin acompañante, además de personas de la tercera edad y aquellas con movilidad reducida.