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Las sanciones que recibió Colo Colo y el fuerte castigo que arriesga por los graves incidentes en el Superclásico

  • Por Meganoticias

Colo Colo comienza a sufrir las consecuencias del Superclásico. Y es que, pese a que los albos se quedaron con el triunfo en el Monumental, este lunes el club fue sancionado por los graves incidentes que se produjeron durante el segundo tiempo del encuentro.

Tras la reunión que se realizó esta mañana entre la intendenta metropolitana, Karla Rubilar, Blanco y Negro, miembros de la ANFP y el Plan Estadio Seguro, éste último organismo informó que la institución alba fue castigada.

A través de una declaración pública, dicho departamento, perteneciente al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, informó que "En conjunto con la Intendencia Metropolitana, y en marco de lo que señala el reglamento de la ley, se determinó la suspensión de la autorización de los elementos de animación a la hinchada de Colo Colo por lo que resta de 2018, incluyendo torneos locales e internacionales".

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Además, se señala que "debido a que la pirotecnia no autorizada se lanzó desde la zona de animación, se le pedirá a Blanco y Negro S.A. que ejerza el deber de admisión. Respecto de las 96 personas encargadas de los elementos de animación, además de otros que resulten responsables, para que no puedan entrar a todos los estadios de Chile durante el período que determina el protocolo de derecho de admisión dictado por la ANFP. Si Blanco y Negro S.A. decide no lo aplicarlo, se le pedirá a la ANFP que lo haga".

También, se sancionó al club con reducir "considerablemente el aforo de los sectores con mal comportamiento en el clásico, esto es Arica y Lautaro, por los próximos partidos de Colo Colo. El aforo se podrá aumentar sólo en cuanto Blanco y Negro S.A. lleve a cabo un proceso de enrolamiento".

Pero Colo Colo arriesga aumentar su castigo. Según el artículo 66° del Código de Procedimiento y Penalidades de la ANFP, con respecto a la responsabilidad por la conducta de los espectadores, éste señala que "el club que oficie de local deberá ser diligente en el cumplimiento de las obligaciones que impone la ley 19.327, sobre Violencia en los Estadios a fin de evitar conductas impropias de los espectadores so pena de aplicarse las sanciones previstas en este artículo".

Antes esto, el Tribunal de Disciplina, por denuncia del árbitro del partido, del Directorio de la asociación, de cualquier club participante en el Torneo o de oficio, podrá aplicar una o más de las siguientes sanciones:

a) Amonestación al club. b) Multa desde 10 a 100 Unidades de Fomento. c) Prohibición de ingreso de público al estadio, de uno a cinco fechas, excepto los que autorice el tribunal autónomo de disciplina; d) Suspensión del estadio, si en los incidentes han participado adherentes del club local, de una a cinco fechas, suspensión que deberá cumplirse en forma consecutiva; y, e) Realización de uno a cinco juegos a puertas cerradas.