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Cotización de trabajadores independientes: Las claves del proyecto enviado por el Gobierno

  • Por Meganoticias

La Subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, junto al Superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, presentaron durante la jornada de este martes ante la Comisión de Trabajo del Senado, el Proyecto de Ley que pretende modificar las normas para la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de Protección Social.

En la repartición destacaron la importancia de perfeccionar la ley vigente para la incorporación de estos trabajadores al sistema de salud y de pensiones. Es por ello que la comisión que es presidida por la senadora Carolina Goic (DC), acordó iniciar el análisis a partir del próximo lunes.

Lo que propone el Ejecutivo con la iniciativa legal es establecer un mecanismo de cotización de los trabajadores independientes igualmente obligatorio que el propuesto en la Reforma Previsional de 2008, pero con la diferencia de que se aplicaría de forma gradual.

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Con esto se buscaría que coticen los trabajadores independientes, tanto del sector público como privado, que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales ($1,3 millones). Quedarían exentos de cotizar los trabajadores hombres de 55 años o más, y las mujeres de 50 años o más, al 1 de enero de 2012 (es decir, de 62 y 57 años a la fecha, respectivamente).

El nuevo mecanismo mantiene la obligatoriedad del pago de las cotizaciones a través de la Declaración Anual de Impuestos a la Renta de cada año, a partir de 2019, con cargo a la retención del 10% de impuestos.

Pero a diferencia de la normativa vigente, establece el incremento gradual de la retención de impuestos en 0,75 % anual, hasta alcanzar el año 2026 un 16%; y el noveno año se incrementará en 1%, para llegar a 17% en 2027. De esta manera, con los montos retenidos en abril de cada año se pagarán las cotizaciones del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP), Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley Sanna), Licencias médicas y subsidios, pre y postnatal, postnatal parental y pensiones.

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El proyecto también contempla una alternativa transitoria para quienes no estén en condiciones de destinar desde el año 2019 el total de su retención al pago de cotizaciones previsionales.

Esta consiste en la posibilidad de cotizar para pensiones y salud por un porcentaje menor de la Renta Imponible, el que subirá anualmente a partir de una cotización por sobre el 5% el primer año, 17% el segundo, e incrementándose paulatinamente hasta llegar a 100% el décimo año, contados desde la publicación de la ley.