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Control preventivo a menores de edad: Cómo funcionaría la controvertida medida pretendida por Piñera

  • Por Meganoticias

Por Oliver Rodríguez

"Por ejemplo, si una persona va a una marcha, lleva una mochila y va en grupo con actitudes y actos de violencia, y Carabineros piensa que ahí puede haber bombas molotov, ¿cómo no va a ser sano que pueda prevenir, pedir el control de identidad, inspeccionar la mochila y evitar que esa bomba molotov explote, queme, destruya?".

Con esas palabras, durante este miércoles, el Presidente Sebastián Piñera justificaba su anuncio de un próximo envío del proyecto de ley que establece la rebaja a 14 años en la edad de quienes sean sujetos de un control preventivo de identidad por parte de Carabineros y la Policía de Investigaciones (PDI).

No obstante lo anterior, de la frase del Jefe de Estado se extrae la presencia de "indicios" de delito que actualmente solicita el artículo 85 del Código Procesal Penal para controlar la identidad y registrar pertenencias de personas, incluyendo a menores de edad.

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En cambio, de aprobarse la norma anunciada, Carabineros estaría facultado para realizar el control de identidad al menor sin la necesidad de que se encuentre en una marcha, ni mucho menos con "actitudes y actos de violencia".

LUGARES Y MEDIOS DE IDENTIFICACIÓN

En efecto, en caso de que la iniciativa tenga una positiva tramitación en el Congreso, los funcionarios de las mentadas policías, luego de identificarse ellos mismos, podrán controlar la identidad de cualquier persona mayor de 14 años en vías o lugares públicos y en lugares privados de acceso público, como por ejemplo, un supermercado o un centro comercial, tal como lo indica el artículo 12 de la ley 20.931.

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Para una efectiva identificación, la ley contempla cualquier medio de identificación, tal como cédula de identidad, licencia de conducir, pasaporte o tarjeta estudiantil. También se puede usar cualquier dispositivo tecnológico. También, de no mediar una modificación de este aspecto, el proceso no deberá extenderse por más de una hora.

¿PUEDEN REGISTRAR MIS COSAS? 

Al tratarse de un control de identidad preventivo, la autoridad policial no cuenta con la facultad de realizar una revisión de las pertenencias de quienes son consultados. No obstante, una orden de detención pendiente del sujeto, puede modificar la naturaleza del control a la de uno investigativo, habilitando el cateo de las pertenencias e incluso vehículos.

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DETENCIÓN

En caso de que alguna persona se niegue a facilitar medios de comprobación o entregue uno falso, los funcionarios policiales podrán proceder a su detención. Sin embargo, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, sostuvo que "estableceremos en la ley las medidas de cuidado de los menores y después de fiscalización y control de cómo se desarrollen estas medidas".

RECLAMO Y QUERELLA

Actualmente, cualquier persona que sea sometida a un control de identidad preventivo y considere que se vulneró alguno de sus derechos, puede realizar un reclamo formal en el portal habilitado por Carabineros e incluso podría presentar una querella.