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Migrantes: ¿Qué necesito para trabajar en Chile?

  • Por Meganoticias

Además de alcanzar un estatus legal, otra de las principales prioridades de los extranjeros en Chile es adquirir un trabajo casi inmediatamente que llegan al territorio nacional.

Diversas son las dudas que se generan ante esta temática, desde la posibilidad de trabajar sin carnet de identidad o RUT, hasta interrogantes más puntuales como conocer si se tienen los mismos derechos de ley que los ciudadanos nacionales.

Cabe destacar que estas dudas no sólo se generan entre la población migrante, sino también entre los empleadores.

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Si migró recientemente y necesita aclarar dudas con respecto a su situación laboral, los siguientes puntos suministrados por el Departamento de Extranjería y Migraciones (DEM) lo pueden ayudar a despejarlas:

-Puede firmar un contrato de trabajo ocupando su número de pasaporte.

-Si solicitó una visa y está en proceso de trámite, tiene el beneficio de solicitar un permiso de trabajo.

-Si tiene una solicitud de prórroga de visa o Permanencia Definitiva y su cédula de identidad está vencida, puede trabajar de forma regular, pues ya cuenta con un proceso en trámite.

-Si no cuenta con Rut, pero igual labora con un Permiso de Trabajo, el empleador deberá pagarle de igual manera las cotizaciones, ya que la AFP entrega un RUT provisorio. Una vez que obtiene su cédula se traspasan los fondos al RUT otorgado. 

-Aunque el contrato puede realizarse por parte del empleador antes de que comience a trabajar, no puede ejercer sus funciones sin contar antes con el Permiso de Trabajo.

-Si es estudiante extranjero, existen permisos excepcionales que le permiten trabajar para que realicen sus prácticas o costeen sus estudios.

-La visa sujeta a contrato se entrega hasta por dos años. Si el contrato es por un año, es prorrogable por un segundo año. Posteriormente puede solicitar la Permanencia Definitiva que no está sujeta a contrato.

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La DEM destaca que tanto el trabajador y empleador se rige por la ley laboral en derechos y obligaciones, por lo que están sujetos al Código del Trabajo como cualquier ciudadano chileno, independientemente de su condición migratoria.