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Defensa de Oviedo dice que "no existe razón para que permanezca privado de libertad"

  • Por Bárbara Miranda

Por Bárbara Miranda

La sala penal de la Corte Suprema rechazó por segunda vez la libertad del excomandante en jefe del Ejército, Humberto Oviedo, quien desde el 25 de junio se encuentra recluido en el Regimiento de Policía Militar N°1 de Peñalolén, tras el procesamiento dictado por la ministra en visita extraordinaria, Romy Rutherford, por el delito malversación de caudales públicos en carácter de reiterados por la suma cercana a 4 mil 500 millones pesos.

El documento explica que hasta la fecha la Jueza no ha incurrido en ninguna ilegalidad ni arbitrariedad como lo señala la defensa, “que, en consecuencia, las resoluciones dictadas por la Srta. Ministra en Visita que se han impugnado, han sido pronunciadas en ejercicio de las facultades que le otorgan las disposiciones del Código de Procedimiento Penal, no habiendo demostrado el recurrente la ilegalidad en que habrían incurrido dicha magistrada y la Corte de Alzada”.

Mientras la defensa de Oviedo, representada el abogado Gonzalo Rodríguez, insiste en que no existen motivos para que su defendido siga privado de libertad, “el fallo de la Corte Suprema no lo compartimos, pero los fallos se acatan y respetan, por lo que corresponde ahora presentar la libertad, haciendo presente la inocencia de mi representado, porque no existe ninguna razón para que él permanezca privado de libertad”.

El amparo presentado por la defensa del exgeneral, fue rechazado por 5 votos a uno, con la aprensión del Auditor General del Ejército, Rodrigo Sandoval, quien voto por dejar en libertad a Oviedo, argumentado que es una forma de reestablecer el derecho y, “subsanar los defectos que adolece el procedimiento”.

Mismo argumento que plantean algunos especialistas en la materia, como el abogado penalista y ex asesor de la Corte, Luis Gálvez, que sostiene que han existido errores en el proceso, los cuales se deben subsanar, “Corte Suprema ha reiterado en sus fallos que los errores que conllevan una vulneración de derecho deben ser subsanados, y la única manera de subsanar un error, aunque sea con justa causa, es la revocación o la anulación de la resolución que se sostiene en dicho error”, explicó el jurista.