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Comenzó período de excusas para ser vocal de mesa

  • Por Meganoticias

Este sábado 26 de octubre, el Sevicio Electoral dio a conocer el listado de quiénes serán vocales de mesa en las próximas elecciones del 17 de noviembre, iniciándose a su vez el período para excusarse para cumplir la función. 

 

El trámite se debe hacer dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación. En el caso de las próximas Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales estos días serán el 28, 29 y 30 de octubre, cuando deberá presentar una carta al Secretario de la Junta Electoral, invocando alguna de las causales de inhabilidad y presentando los documentos que acrediten estas causales.

 

Las personas designadas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $79.500 y $318.000.

 
 

Causales de excusas

 

- Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 Km. del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas.

 

- Tener más de 70 años.

 

- Estar física o mentalmente imposibilitado.

 

- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección.

 

- Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.

 

- Embarazadas que se encuentren dentro de las seis semanas previas al parto, o con hijos recién nacidos de hasta 24 semanas,

 

 

Además debe considerarse que no pueden ser vocales de Mesa:

 

- Las personas que desempeñen cargos de elección popular Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales.

 

- Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta (hijo, nieto, padre, madre, abuelo) y en la colateral hasta el segundo grado inclusive (hermanos). Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer (suegros, hijos, cuñados es decir hermanos del o la cónyuge.

 

- Extranjeros (aún cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las Leyes Electorales.

 

- Ministros, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Consejeros Regionales, El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales. Magistrados de los tribunales, Jueces Letrados y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público.

 

- Los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas)

 

Las personas que el día de la elección se encuentra a más de 300 Km. del lugar en que debe desempeñarse como vocal de Mesa, pueden concurrir a Carabineros para dejar constancia de su ubicación, guardando el comprobante, el que deberá presentar cuando sea citado por el juez de policía local después de la elección.

 

Si se está fuera del país, cualquier documento que acredite la salida, pasaporte, copia de tarjeta de embarque, etcétera, servirá para presentarlo cuando sea requerido por el tribunal.

 

Cabe recordar que ésta no es la lista definitiva, ya que si la persona no fue seleccionada en primera instancia, podría ser designado en una segunda oportunidad el 2 de noviembre.

 

(Foto: Agencia Uno)